Navarro y Abogados interpuso hace dos año una demanda de Reclamación de Responsabilidad Patrimonial por la
actuación sanitaria dispensada a nuestra cliente y, tras la oportuna
tramitación administrativa, se alcanzó un acuerdo extrajudicial.
Los hechos se remontan a 2013 cuando la paciente aquejada de unos dolores intensos de cabeza y nauseas acude a Urgencias, tras valorarla se le dice a la paciente que se tome un termalgin y se vaya a casa.
No conforme decide acudir a Urgencias por una clínica privada, allí le realizan una Resonancia Magnética que objetivó una pequeña cantidad
de focos puntiformes hiperintensos en la sustancia blanca cerebral, que
son un hallazgo muy habitual y, en una gran parte de casos, se puede
considerar intrascendente.
Ante esa sospecha, se iniciaron nuevas pruebas que dieron como resultado esclerosis múltiple y comenzó su tratamiento, un tratamiento erróneo que produjo una serie de efectos secundarios y secuelas, ya que acudió a una clínica en Madrid la cual diagnosticó otra enfermedad diferente que con un tratamiento de 6 meses notaría la mejoría.
La indemnización acordada ha tenido por objeto resarcir por el periodo
de tiempo en el que la paciente estuvo mal diagnosticada y, además,
medicada erróneamente. Asimismo, es una compensación por el daño moral
por hechos inaceptables hoy día.
Navarro y Abogados ha defendido el presente caso obteniendo este acuerdo favorable a nuestro cliente y consiguiendo así velar por el buen uso de la lex artis y evitar toda mala praxis futura en casos similares al de esta paciente.
www.navarroyabogados.com
605349991--928333018
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